Preguntas Frecuentes (Pensión Nacional)
PreguntaPor favor, infórmame sobre los beneficios de la Pensión Nacional.
Respuesta
Pensión Nacional Común Básica
(1) Pensión básica de jubilación
Las personas que hayan pagado las primas durante más de 10 años (incluyendo períodos de exención) pueden recibir beneficios al cumplir 65 años. Además, pueden solicitar el adelanto de la pensión entre los 60 y 65 años, o el retraso de la pensión a partir de los 66 años, si así lo desean.
(2) Pensión básica por discapacidad
Se puede recibir la prestación cuando, antes de cumplir 65 años, se haya quedado con una discapacidad debido a una enfermedad o lesión, y se haya reconocido un grado de 1 o 2 en la fecha de evaluación de la discapacidad, que es 1 año y medio después de la fecha de la primera consulta.
(3) Pensión de sobrevivientes básica
Los cónyuges de personas que están afiliadas a la Pensión Nacional o que son beneficiarios de la Pensión básica por vejez, así como los hijos menores de 18 años (o menores de 20 años con grado de discapacidad de nivel 1 o 2), pueden recibir beneficios en caso de fallecimiento.
Nota: Si solicita (2) o (3), se requerirá cumplir con alguno de los requisitos de pago a continuación.
- Que, en la fecha de la primera consulta o el día anterior a la fecha de fallecimiento, haya un período de asegurado con pago de primas (incluyendo períodos de exención de primas) que sea de al menos dos tercios del período de asegurado desde el mes anterior a la fecha de la primera consulta o la fecha de fallecimiento.
- Si la fecha de la primera consulta o la fecha de fallecimiento es anterior al 31 de marzo del año 8 de la era Reiwa, no debe haber períodos de morosidad en el año más reciente hasta el día anterior a la fecha de la primera consulta o la fecha de fallecimiento, hasta el mes anterior a la fecha de la primera consulta o la fecha de fallecimiento.
Beneficios únicos de la Pensión Nacional
(1) Pensión de viuda
En caso de que el esposo, que ha sido asegurado como primer asegurado y no haya recibido la Pensión Básica por Vejez ni la Pensión Básica por Discapacidad tras haber pagado las contribuciones durante más de 10 años (incluyendo exenciones, aplazamientos de pago y períodos especiales de pago para estudiantes), fallezca, la esposa que dependía económicamente de él en el momento de su muerte y que ha estado casada con él durante más de 10 años podrá recibir tres cuartas partes del monto de la Pensión Básica por Vejez que él habría recibido, desde los 60 hasta los 65 años.
(2) Pago único por fallecimiento
Las personas que hayan pagado las contribuciones como asegurados de la Clase 1 durante 36 meses o más (incluido el período de exención antes y después del parto) y que fallezcan sin haber recibido la Pensión básica por vejez o discapacidad, pueden ser beneficiadas por sus familiares que vivían juntos.
Nota: No se puede recibir ambos (1) y (2).
Contacto
Sección de Seguros y Pensiones Teléfono 042-378-2111 Extensiones 142, 143
Oficina de Pensiones de Fuchu
Código postal 183-8505
Dirección: 2-12, Fuchu-cho, Fuchu-shi
Teléfono 042-361-1011
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