Preguntas Frecuentes (Pensión Nacional)
PreguntaAunque me inscriba hasta los 60 años durante el período de afiliación obligatoria, no puedo recibir la Pensión básica por falta de años. ¿Qué debo hacer?
Respuesta
Las personas que no cumplen con el período de elegibilidad (en principio, un período de pago de primas de 10 años o más) o que desean acercar el monto de la Pensión al máximo pueden afiliarse voluntariamente desde los 60 hasta los 65 años.
Además, las personas nacidas antes del 1 de abril de 1975 que, incluso afiliándose voluntariamente hasta los 65 años, no cumplen con el período, pueden afiliarse excepcionalmente hasta los 70 años para cumplir con el período durante el cual pueden recibir la Pensión.
Nota: Solo se aplica a aquellos que no están inscritos en la Pensión de Empleados en la fecha de solicitud.
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